LIBRE COMPETENCIA TV

Recientemente, los canales regionales enviaron un derecho de petición al Consejo Nacional Electoral, en donde le manifestaron su inconformidad por un comunicado de esa Corporación, fechado del 21 de abril y en el cual conjuntamente con la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) afirmaba “que de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la ley 996 de 2005, las campañas presidenciales solo podrán contratar propaganda electoral con los canales privados de televisión, lo que implica que los canales estatales no podrán hacerlo”.

Dicen los canales que “nos parece de la mayor delicadeza el asunto, toda vez que por vía de interpretación, se restringe la participación democrática de los candidatos a la Presidencia de la Republica en medios de comunicación públicos tan importantes como los canales regionales de televisión, sin fundamento legal pues ni la Ley 130 de 1994 ni la 1475 de 2011 han establecido tal limitación.

Igualmente, se extrañan que solo hasta ahora se haga esta interpretación restrictiva, que impide la libre competencia en el mercado de la pauta publicitaria en la que se encuentra la televisión, y de donde en un alto porcentaje se autofinancia los Canales Regionales, siendo su naturaleza la de Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE)”.

El Consejo les respondió “que no tenía ninguna objeción, que la ley lo contemplaba y les reconoció el invaluable servicio que prestan en el país”. Además, le quita toda la validez jurídica al comunicado emanado de una de las dependencias de la Corporación.

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